Cómo se pagan los honorarios de abogados y cómo se pagan los costos de tribunales y otros gastos de litigio

columnsLos contratos de honorarios condicionales de abogados en el Estado de Washington están regidos por las Reglas de Conducta Profesional (“RPC”) de Washington. Estas son las normas que regulan lo que un abogado éticamente puede y no puede hacer en Washington. Si un abogado viola estas normas, puede ser sujeto a una sanción profesional por la Corte Suprema del Estado de Washington. La sanción, en su forma más severa, puede incluir la revocación del ejercicio del abogado. Cuando existen preguntas sobre el significado preciso de una norma particular en las Normas de Conducta Profesional, el Colegio de Abogados del Estado de Washington (“WSBA”) frecuentemente publicará “Opiniones Consultivas” en referencia al significado de esa norma, para ayudar a guiar a los abogados. Nosotros seguimos las Reglas de Conducta Profesional y las Opiniones Consultivas.

La mayoría de las personas no cuentan con los recursos financieros que les permitan pagar por hora a un abogado con experiencia. La ley reconoce esto y permite los contratos de honorarios condicionales. De acuerdo con un contrato por honorarios condicionales, a menos que exista una indemnización para el cliente, el cliente no tendrá la obligación de pagar honorarios al abogado. (Consulte RPC 1.5(c)(1)). Los contratos de honorarios condicionales de abogados deben realizarse por escrito y estar firmados por el cliente. (RPC 1.5(c)(1)).

La cantidad de los honorarios cobrados por el abogado deben ser razonables. (RPC 1.5(a)). En casos de negligencia médica, los abogados frecuentemente cobran 40% (y a veces más), pues los casos de negligencia médica con frecuencia son complejos y costosos y toman mucho tiempo y esfuerza para obtener una recuperación. En ocasiones, se cobran honorarios por el 50%, especialmente si el caso es apelado después del juicio y el abogado tiene que realizar trabajo adicional relacionado con la apelación.

Nuestros honorarios condicionales

Nuestros honorarios condicionales típicamente son 40% de cualquier Indemnización en Bruto (definida más adelante), a menos que usted y nosotros acordemos lo contrario. Usted paga los honorarios solamente si hay una indemnización.

Es común que existan múltiples demandados en un caso de negligencia médica y que los demandados liquiden sus respectivas partes del caso en momentos diferentes. Si esto sucede, entonces nuestros honorarios relacionados con cualquier demandado en particular se calculan en base al momento de la resolución del caso contra ese demandado en particular.

Nuestros honorarios condicionales se aplican a cualquier “Indemnización en Bruto”. En relación a la resolución contra cualquier demandado en particular, la “Indemnización en Bruto” significa la cantidad total recibida por la indemnización por acuerdo, arbitraje vinculante, o juicio (incluyendo el valor razonable de cualquier indemnización no monetaria y todas las cantidades finalmente utilizadas por usted para pagar cualquier gravámenes médicos y otros gravámenes que usted pudiera deber), antes de que cualquier deducción por gastos o costos incurridos por el proceso del caso (algunos o todos de los cuales son adelantados por nosotros y que nos son pagados de la indemnización obtenida). (En este contexto, la frase “indemnización por acuerdo” significa un acuerdo en lo que un demandado se compromete a pagar al demandante una cantidad de dinero, y el demandante se compromete a retirar la demanda. La palabra “indemnización”, por si sola, significa que el demandante ha obtenido dinero de los demandados ya sea por una indemnización por acuerdo, por un fallo definitivo de arbitraje o por una resolución judicial.) En ciertas situaciones, algunas partes de una indemnización pueden vencerse y ser exigibles en el futuro (conocidos como pagos periódicos o pagos a futuro). Si esto ocurre, nosotros podríamos tomar nuestros honorarios de los pagos a futuro a medida que estos son recibidos, o del valor efectivo real de esos pagos futuros al momento del acuerdo o de la resolución obtenida, según así lo decidamos. El valor efectivo real significa el valor en efectivo actual de los pagos futuros. Es la cantidad de efectivo que, si se invirtiera en el presente en inversiones seguras, aumentaría para igualar las cantidades de los pagos futuros. La ley ofrece la forma de calcular el valor presente del efectivo. (Consulte el Manual de Instrucciones del Jurado del estado de Washington – Civil, No. 34.02). Si nosotros elegimos tomar el pago de nuestros honorarios del valor efectivo real de los pagos futuros, entonces una parte suficiente de la indemnización se separa y se destina para pagar esos homorarios.

Nuestros honorarios incluyen todos nuestros servicios que pudieran necesitarse hasta llegar al final de cualquier juicio. Los honorarios no cubren cualquier apelación que pudiera tener lugar después del juicio, ni cualquier procedimiento o intento para ejecutar cualquier resolución obtenida en su nombre. En nuestra experiencia, solamente una pequeña minoría de casos realmente pasan por todo el proceso del juicio y, de éstos, solamente una parte va a apelación. Es muy raro en casos de negligencia médica que exista una resolución que sea ejecutada para poder recibir la indemnización. Si no se llega a una indemnización por acuerdo y, en su lugar, se sigue el proceso del juicio y se presenta una apelación, o si el juicio se obtiene en su nombre y requiere de la ejecución de la resolución o de otro tipo de esfuerzos para cobrar la indemnización, entonces usted y nosotros discutiremos cuál compensación adicional puede acordarse como pago para que manejemos la apelación o para ejecutar la resolución.

Nuestro contrato de honorarios tampoco cubre asuntos no legales (como consejos financieros) o asuntos relacionados que puedan surgir y que requieran servicios legales, como lo son asesoría fiscal; disputas con su(s) compañía(s) aseguradora(s); disputas con proveedores de atención médica en relación con las cantidades a pagar o reembolsar por los beneficios brindados; servicios testamentarios, tutelas o fideicomisos; planificación patrimonial, asesoramiento sobre derecho familiar; la creación de un “Medicare Set Aside” (es decir, la creación de un fondo monetario que posiblemente sea requerido por Medicare para cubrir gastos médicos en el futuro); o representarle a usted en cualquier demanda que pudiera ser entablada en su contra, incluyendo el intentar negociar con los proveedores de los embargos preventivos la solución sobre cualquier gravamen impuesto sobre su indemnización (como los gravámenes de las compañías de seguros médicos, gravámenes de doctores y hospitales, u otros similares). A petición de usted, nosotros podemos llevar a cabo servicios legales adicionales, si usted y nosotros llegamos a un acuerdo con un nuevo contrato de honorarios.

Costos y gastos de litigio

En el manejo de un caso de negligencia médica, se incurren varios gastos de litigio. Estos son gastos y costos para cosas como cuotas de presentación de documentos legales, costos para obtener copias de registros médicos, honorarios de testigos expertos, gastos de investigación, cuotas del taquígrafo judicial, etc. Bajos de las Reglas de Conducta Profesional del Estado de Washington, un abogado éticamente no puede brindar asistencia financiera a un cliente, con la excepción de que un abogado puede adelantar los gastos de litigio del parte del cliente, “siempre y cuando el cliente sea por último quien se haga responsable de dichos gastos”. (RPC 1.8(e); traducido del inglés.) Los gastos pueden ser reembolsados al abogado de lo obtenido en cualquier indemnización (RPC 1.5(c)(2)), pero no es correcto que la obligación de reembolsar los gastos dependa de que se obtenga una indemnización. (Opinión Consultiva de la WSBA No. 1911 (2000)).

De acuerdo con esta ley, cuando el cliente no tiene fondos suficientes, nosotros podremos adelantar los gastos necesarios para manejar el caso, como consideremos apropiado. Si existe una indemnización, entonces el cliente nos reembolsará esos gastos de lo obtenido por dicha indemnización. Una indemnización puede obtenerse de diferentes demandados en diferentes fechas y, de ser así, cada vez que se obtiene una indemnización, cualquiera de los gastos de litigio pendientes en aquel momento sobre cualquier aspecto del caso serán pagados de vuelta a nosotros, así como serán pagados cualquier gastos de litigio pendientes al fin del caso. Aunque no se puede perdonar esta deuda, tampoco tenemos una obligación formal para obtener de nuestro cliente estos gastos de litigio si no hay una indemnización (bajo la Opinión Consultiva No. 1389 (1991) de la Asociación de Abogados de Washington). Si el tribunal impone costos u honorarios contra el cliente, éstos deberán ser pagados por el cliente y no por nosotros, de acuerdo a las Normas de Conducta Profesional.

Los “gravámenes médicos” son derechos que algunos terceros pueden tener de obtener un reembolso de cualquier indemnización en virtud de haber pagado por gastos médicos que se necesitaron como consecuencia de la negligencia médica. Generalmente estos no son considerados ni pérdida ni ganancia para el cliente. Por ejemplo, supongamos que la negligencia médica provoca que un cliente necesite $100,000 en atención médica adicional que no necesitaría si no hubiera sido víctima de negligencia médica. También supongamos que la compañía de gastos médicos del cliente pagó los $100,000 por esa atención médica adicional. Si es así, entonces la indemnización del cliente en la demanda de negligencia médica debería incluir esos $100,000, porque los gastos médicos son una indemnización por daños recuperable. Sin embargo, el cliente no pagó los $100,000. En vez de eso, lo hizo la compañía aseguradora. De esta forma, el cliente no conserva esos $100,000 extra sino que se los debe a la compañía aseguradora de cualquier indemnización y es por eso que no se considera ni pérdida ni ganancia para el cliente. (Este es un ejemplo simple, pues realmente intentaremos negociar para reducir el gravamen a una cantidad menor y existen otros cuantos factores en juego, pero este es el concepto general).

Hasta que nosotros y un cliente potencial firmemos nuestro contrato de honorarios condicionales, no somos los abogados del cliente potencial. Lo anterior describe algunos de los términos principales que generalmente se encuentran en nuestro contrato de honorarios condicionales, pero los términos exactos del contrato de honorarios real que usted y nosotros firmaremos puede ser diferente, dependiendo de los factores únicos de su caso y de si usted y nosotros acordamos algo diferente. Cualquier contrato de honorarios que usted y nosotros firmemos está protegido de la divulgación a terceros debido al privilegio cliente-abogado, a menos que el privilegio sea exonerado por usted o la divulgación sea exigida o autorizada por ley. Responderemos con gusto a todas las preguntas que un cliente potencial pueda tener sobre nuestro contrato de honorarios de abogados.

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